Sólo os pongo un artículo para dar opiniones.
Es un artículo de Josep Maria Albaigès, del número 150 de la revista OMNIA publicada por la asociación MENSA. Sé que es duro, pero sentaros un ratito y leed tranquilamente, y opinad. Va:
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A propósito del ampliamente comentado y debatido Estatut de Catalunya, se ha explicitado de forma más intensa que de costumbre una convicción enraizada en muchas mentes españolas tradicionales. Según ésta, la unidad del Estado Español (al que ellas llaman Patria) es una cuestión no discutible, escrita al parecer en las estrellas y que de ningún modo se puede poner en cuestión.
Para otros la convivencia de diversos pueblos en la forma sociojurídica llamada Estado es puramente una cuestión convencional, definida por el puro deseo de los pueblos así agrupados, y desde luego es revisable, si no en cualquier momento, sí en cuanto se den unas circunstancias apropiadas. El problema, como el de todas las definiciones más o menos genéricas, consiste en descender a la realidad y ver cuándo y en qué forma se dan estas condiciones.
Aplicando lo dicho al caso español, sorprende la simpleza de esa convicción de “unidad e inviolabilidad” (uno más de los latiguillos heredados de la Revolución Francesa), especialmente cuando el propio Estado ha sufrido constantemente cambios territoriales a lo largo de la historia.
De hecho el Estado Español empieza en 1716, con el Decreto de Nueva Planta promulgado por Felipe V tras el final de la Guerra de Sucesión Española, en el que se definieron unos territorios y un régimen jurídico uniforme para los territorios peninsulares (salvo, incluso entonces, algunas excepciones). Sin embargo, una leyenda históricamente perpetuada pretende que la llamada “unidad de España” se remonta a los Reyes Católicos. Bueno será pues dedicar unas líneas a este mito.
Hasta el matrimonio de Isabel y Fernando el territorio peninsular se halla dividido en varios reinos. De Occidente a Oriente y de Norte a Sur:
·Reino de Castilla.
·Reino de Navarra, con territorios a ambos lados de los Pirineos.
·Corona de Aragón, formada por la confederación de varias entidades soberanas: reino de Aragón, principado de Cataluña (forma convencional de agrupar los condados de Urgell, Barcelona, Girona, Besalú y alguno más), reino de Cerdeña, reino de las Dos Sicilias, Valencia y Baleares. Obsérvese que la Corona de Aragón desbordaba ampliamente el territorio peninsular.
·El principado de Andorra, rincón olvidado de los Pirineos que sabría mantener su independencia de facto a través de los siglos.
·Reino de Portugal.
·Reino de Granada.
Desde el primer momento los Reyes Católicos se afanan por alcanzar la “unidad peninsular”, ya por el pacto o por la fuerza de las armas. Tras larga guerra, anexionan a Castilla el reino de Granada. El 1512 invaden la parte cispirenaica de Navarra, que será igualmente anexionada a Castilla poco después. Intentan, por la vía del matrimonio (que la muerte frustra) la unión con Portugal. En 1525 Castilla incorpora el ducado de Milán y otras posesiones francesas efímeras. Y durante todo el siglo se va extendiendo el dominio de Castilla sobre los territorios trasatlánticos, que se constituyen en calidad de virreinatos.
Pero Castilla y la Corona de Aragón permanecen jurídicamente separadas, bajo un monarca común, y durante siglos la relación entre ambas entidades se limitará a esta unión dinástica, aunque con un predominio claro de Castilla. Ambas conservarán sus propias fronteras, leyes, monedas, sistemas de impuestos, etc. De hecho, es la misma situación que se da unos años respecto al Imperio alemán, cuyo titular, Carlos V (I de España) compartirá también todas estas coronas hasta 1556, formando una “tenaza” que Europa ve con alarma por la rotura del equilibrio político europeo que supone.
En 1580, por la vía de la herencia, se amplía el número de monarquías bajo un solo monarca. Felipe II (I para los portugueses y aragoneses) pasa a ser rey de Portugal, siempre con la misma independencia jurídica mencionada. Por esa misma época incorpora los Países Bajos.
Sin embargo, ya desde el primer momento, Castilla manifiesta su hegemonía tratando gradualmente a sus monarquías asociadas como “provincias”. En 1591 Aragón pierde sus fueros como reacción a una situación de rebeldía contra Felipe II. En 1607 se perderá una importante parte de la población, especialmente en el reino de Valencia, con la expulsión masiva de los moriscos. Las guerras en los Países Bajos contra la dominación castellana son constantes, y acabarán con la emancipación de éstos.
La situación se agudiza en las guerras de 1640 de Castilla con Francia, en las que el conde-duque de Olivares, valido del rey Felipe IV, pretende involucrar a Portugal y la Corona de Aragón mediante exacciones y levas. Ambos asociados protestan y Portugal consigue emanciparse. Cataluña, uno de los territorios de la Corona de Aragón, tras haberse incorporado brevemente a Francia, es finalmente sometida, y la Monarquía castellana cede a la misma potencia, sin el permiso de Cataluña, sus territorios transpirenaicos, el actual Rosselló.
Llega 1700 y la cuestión del sucesor del fallecido Carlos II provoca una auténtica guerra europea, en la que se pone en cuestión el equilibrio continental. Tras largas vicisitudes, se impone el candidato francés, Felipe V, frente al austracista Carlos, en 1714. A raíz de esta victoria, se diseña un nuevo Estado, como se ha dicho al principio. Se trata, de hecho, de una incorporación a Castilla, aunque la nueva entidad recibirá el nombre de España, que de hecho ya se había usado, a nivel peninsular, desde mucho antes. Por vía de ejemplo, el Derecho Común de Castilla es aplicado a todo el Estado, aunque subsisten algunas excepciones (“fueros”) en el País Vasco y Navarra.
Pero hay que hacer notar una grave pérdida: los territorios italianos transpeninsulares (no así las Baleares) son enajenados en aras del equilibrio continental europeo, y vivirán desde entonces una existencia independiente, aunque algunas guerras posteriores conseguirán situar en ellos monarcas afectos a España.
Es un artículo de Josep Maria Albaigès, del número 150 de la revista OMNIA publicada por la asociación MENSA. Sé que es duro, pero sentaros un ratito y leed tranquilamente, y opinad. Va:
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¿La sacrosanta unidad de la Patria?
A propósito del ampliamente comentado y debatido Estatut de Catalunya, se ha explicitado de forma más intensa que de costumbre una convicción enraizada en muchas mentes españolas tradicionales. Según ésta, la unidad del Estado Español (al que ellas llaman Patria) es una cuestión no discutible, escrita al parecer en las estrellas y que de ningún modo se puede poner en cuestión.
Para otros la convivencia de diversos pueblos en la forma sociojurídica llamada Estado es puramente una cuestión convencional, definida por el puro deseo de los pueblos así agrupados, y desde luego es revisable, si no en cualquier momento, sí en cuanto se den unas circunstancias apropiadas. El problema, como el de todas las definiciones más o menos genéricas, consiste en descender a la realidad y ver cuándo y en qué forma se dan estas condiciones.
Aplicando lo dicho al caso español, sorprende la simpleza de esa convicción de “unidad e inviolabilidad” (uno más de los latiguillos heredados de la Revolución Francesa), especialmente cuando el propio Estado ha sufrido constantemente cambios territoriales a lo largo de la historia.
De hecho el Estado Español empieza en 1716, con el Decreto de Nueva Planta promulgado por Felipe V tras el final de la Guerra de Sucesión Española, en el que se definieron unos territorios y un régimen jurídico uniforme para los territorios peninsulares (salvo, incluso entonces, algunas excepciones). Sin embargo, una leyenda históricamente perpetuada pretende que la llamada “unidad de España” se remonta a los Reyes Católicos. Bueno será pues dedicar unas líneas a este mito.
Hasta el matrimonio de Isabel y Fernando el territorio peninsular se halla dividido en varios reinos. De Occidente a Oriente y de Norte a Sur:
·Reino de Castilla.
·Reino de Navarra, con territorios a ambos lados de los Pirineos.
·Corona de Aragón, formada por la confederación de varias entidades soberanas: reino de Aragón, principado de Cataluña (forma convencional de agrupar los condados de Urgell, Barcelona, Girona, Besalú y alguno más), reino de Cerdeña, reino de las Dos Sicilias, Valencia y Baleares. Obsérvese que la Corona de Aragón desbordaba ampliamente el territorio peninsular.
·El principado de Andorra, rincón olvidado de los Pirineos que sabría mantener su independencia de facto a través de los siglos.
·Reino de Portugal.
·Reino de Granada.
Desde el primer momento los Reyes Católicos se afanan por alcanzar la “unidad peninsular”, ya por el pacto o por la fuerza de las armas. Tras larga guerra, anexionan a Castilla el reino de Granada. El 1512 invaden la parte cispirenaica de Navarra, que será igualmente anexionada a Castilla poco después. Intentan, por la vía del matrimonio (que la muerte frustra) la unión con Portugal. En 1525 Castilla incorpora el ducado de Milán y otras posesiones francesas efímeras. Y durante todo el siglo se va extendiendo el dominio de Castilla sobre los territorios trasatlánticos, que se constituyen en calidad de virreinatos.
Pero Castilla y la Corona de Aragón permanecen jurídicamente separadas, bajo un monarca común, y durante siglos la relación entre ambas entidades se limitará a esta unión dinástica, aunque con un predominio claro de Castilla. Ambas conservarán sus propias fronteras, leyes, monedas, sistemas de impuestos, etc. De hecho, es la misma situación que se da unos años respecto al Imperio alemán, cuyo titular, Carlos V (I de España) compartirá también todas estas coronas hasta 1556, formando una “tenaza” que Europa ve con alarma por la rotura del equilibrio político europeo que supone.
En 1580, por la vía de la herencia, se amplía el número de monarquías bajo un solo monarca. Felipe II (I para los portugueses y aragoneses) pasa a ser rey de Portugal, siempre con la misma independencia jurídica mencionada. Por esa misma época incorpora los Países Bajos.
Sin embargo, ya desde el primer momento, Castilla manifiesta su hegemonía tratando gradualmente a sus monarquías asociadas como “provincias”. En 1591 Aragón pierde sus fueros como reacción a una situación de rebeldía contra Felipe II. En 1607 se perderá una importante parte de la población, especialmente en el reino de Valencia, con la expulsión masiva de los moriscos. Las guerras en los Países Bajos contra la dominación castellana son constantes, y acabarán con la emancipación de éstos.
La situación se agudiza en las guerras de 1640 de Castilla con Francia, en las que el conde-duque de Olivares, valido del rey Felipe IV, pretende involucrar a Portugal y la Corona de Aragón mediante exacciones y levas. Ambos asociados protestan y Portugal consigue emanciparse. Cataluña, uno de los territorios de la Corona de Aragón, tras haberse incorporado brevemente a Francia, es finalmente sometida, y la Monarquía castellana cede a la misma potencia, sin el permiso de Cataluña, sus territorios transpirenaicos, el actual Rosselló.
Llega 1700 y la cuestión del sucesor del fallecido Carlos II provoca una auténtica guerra europea, en la que se pone en cuestión el equilibrio continental. Tras largas vicisitudes, se impone el candidato francés, Felipe V, frente al austracista Carlos, en 1714. A raíz de esta victoria, se diseña un nuevo Estado, como se ha dicho al principio. Se trata, de hecho, de una incorporación a Castilla, aunque la nueva entidad recibirá el nombre de España, que de hecho ya se había usado, a nivel peninsular, desde mucho antes. Por vía de ejemplo, el Derecho Común de Castilla es aplicado a todo el Estado, aunque subsisten algunas excepciones (“fueros”) en el País Vasco y Navarra.
Pero hay que hacer notar una grave pérdida: los territorios italianos transpeninsulares (no así las Baleares) son enajenados en aras del equilibrio continental europeo, y vivirán desde entonces una existencia independiente, aunque algunas guerras posteriores conseguirán situar en ellos monarcas afectos a España.